Consulta de precios vigentes de gas LP mediante planta de distribución reportados por los permisionarios (1)


Entidad federativa *:

Municipio *:

Localidad: *:

* Campos obligatorios


(1) En cumplimiento al Artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2017, y en adición a las obligaciones establecidas en el artículo 84 de la Ley de Hidrocarburos, los titulares de permisos de distribución y expendio al público de gas licuado de petróleo y propano, tendrán la obligación de reportar a la CRE, los precios de venta al público del gas LP cada vez que se modifiquen, al menos sesenta minutos antes de su aplicación.