CONSULTAS PÚBLICAS

ESTRUCTURA ORGÁNICA POR ÁREA DE LA CRE

La Comisión cuenta con siete áreas; la Secretaría Ejecutiva, la Dirección General de Administración, la Dirección General de Electricidad, la Dirección General de Gas Natural, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Política Económica y la Unidad de Reestructuración Eléctrica conforman un grupo calificado y con amplia experiencia en diversas ramas profesionales.

La Secretaría Ejecutiva coordina operativa y administrativamente las labores de la Comisión, dirige el diseño y aplicación de sistemas y procedimientos, lleva a cabo las relaciones públicas e institucionales de la CRE, organiza la celebración de las sesiones del Pleno de la Comisión y da fe de los acuerdos que se toman en ellas. Se apoya en la Dirección General de Administración y en la Dirección General de Organización y Sistemas para supervisar los recursos humanos, materiales y financieros, así como los servicios generales.

Las áreas sustantivas son las Direcciones Generales de Electricidad y de Gas Natural tienen a su cargo el análisis y evaluación de las solicitudes de permiso y de otros proyectos vinculados al ámbito de su competencia. Estas entregan el trabajo al comisionado ponente para su presentación ante el pleno de comisionados y lo asisten en la elaboración del proyecto de resolución. Además, participan en el diseño y expedición de nuevas disposiciones que contribuyen al desarrollo eficiente y competitivo de esas industrias y verifican el cumplimiento de la regulación por parte de los permisionarios.

Las áreas de apoyo o soporte son la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Política Económica y la Unidad de Reestructuración Eléctrica. La primera brinda soporte legal a las actividades de regulación y vigila la correcta aplicación de los procedimientos establecidos en el marco jurídico. A su vez, la Unidad de Política Económica formula las estrategias y políticas de regulación para el sector energético congruentes con los objetivos de la política energética desarrollada por la Secretaría de Energía.

La Unidad de Reestructuración Eléctrica fue creada en enero de 2000 con objeto de dotar a la CRE de los recursos técnicos y humanos necesarios para desarrollar los trabajos correspondientes al proceso de reestructuración y modernización del sector eléctrico. A partir de entonces, la URE se ha encargado de desarrollar el marco regulatorio e institucional que se requerirá para el funcionamiento de un mercado eléctrico abierto y competitivo.

La Comisión requiere de flexibilidad en sus recursos humanos y tecnológicos por las prioridades cambiantes que enfrenta. Con este fin, desarrolla relaciones funcionales entre las diferentes áreas a través de una metodología de trabajo organizada en equipos interdiciplinarios.

La operación de los equipos de trabajo por proyecto permite a la CRE responder al cambio de prioridades y surgimiento constante de nuevas actividades. Estos equipos están integrados por personal profesional especializado y de apoyo que labora en las diferentes áreas de la Comisión.

La estructura organizacional de la CRE es horizontal para favorecer su acción efectiva en un ambiente cambiante. Esta estructura está diseñada para conservar su forma plana, con pocos niveles de administración y supervisión, y con un mayor número de especialistas técnicos en las áreas sectoriales, quienes realizan el trabajo sustantivo de los proyectos.

El empleo de equipos de trabajo por proyecto está respaldado por la estructura de la organización y por las funciones de las distintas áreas, diseñadas con un enfoque de matriz. Las áreas sectoriales especializadas en las industrias de gas natural y electricidad tienen el apoyo constante en aspectos económicos y legales para cada proyecto.

La Comisión cuenta con una plantilla de 137 personas, entre elementos de apoyo y personal especializado. El personal de confianza cuenta con un alto nivel académico; todos cuentan con estudios de licenciatura, además, veintitres por ciento de ellos tiene el grado de maestría y seis por ciento, el de doctorado.

CONSULTAS PÚBLICAS

En el desarrollo del marco regulador, la CRE utiliza ampliamente el mecanismo de consultas públicas, establecido en el artículo 14 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y el artículo 8 de la Ley de la CRE.

En forma previa al proceso de consulta pública, la CRE estudia y analiza las implicaciones del instrumento de regulación que se pretende desarrollar, así como la experiencia nacional e internacional aplicable.

Con este análisis, se elabora un documento preliminar de política, que es enviado a todos los interesados e involucrados en el instrumento de regulación, como son: dependencias y entidades públicas, inversionistas, usuarios y agencias reguladoras, entre otros.

Los interesados que desean colaborar en el proceso presentan sus comentarios a la Comisión en forma personal o por escrito reuniéndose con personal especializado de la Comisión.

Con las opiniones recibidas, la CRE modifica el proyecto de instrumento regulatorio y lo envía a otras dependencias y entidades gubernamentales relacionadas con el proceso para recibir comentarios y, en su caso, llevar a cabo los ajustes finales.

El resultado de estos procesos de consulta es que la CRE ha desarrollado instrumentos regulatorios balanceados que cuentan con el consenso de todos los participantes.

Un hecho característico de las consultas públicas ha sido la seriedad con que los participantes han respondido a estos procesos. Las opiniones recibidas, por lo general son detalladas, elaboradas y razonables en cuanto al desarrollo de la industria. Los participantes han dedicado recursos de sus áreas técnicas y de dirección a los procesos de consulta. Como resultado de lo anterior, la mayor parte de los comentarios formulados fueron incorporados en el diseño final de los documentos consultados.






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