CONSULTAS
PÚBLICAS
ESTRUCTURA
ORGÁNICA POR ÁREA DE LA CRE
La
Comisión cuenta con siete áreas; la Secretaría Ejecutiva, la Dirección
General de Administración, la Dirección General de Electricidad,
la Dirección General de Gas Natural, la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, la Unidad de Política Económica y la Unidad de Reestructuración
Eléctrica conforman un grupo calificado y con amplia experiencia
en diversas ramas profesionales.
La Secretaría Ejecutiva coordina operativa
y administrativamente las labores de la Comisión, dirige el diseño y aplicación de
sistemas y procedimientos, lleva a cabo las relaciones públicas e institucionales de la
CRE, organiza la celebración de las sesiones del Pleno de la Comisión y da fe de los
acuerdos que se toman en ellas. Se apoya en la Dirección General de Administración y en
la Dirección General de Organización y Sistemas para supervisar los recursos humanos, materiales y financieros, así
como los servicios generales.
Las áreas sustantivas son las Direcciones
Generales de Electricidad y de Gas Natural tienen a su cargo el análisis y
evaluación de las solicitudes de permiso y de otros proyectos vinculados al ámbito de
su competencia. Estas entregan el trabajo al comisionado ponente para su
presentación ante el pleno de comisionados y lo asisten en la elaboración del proyecto
de resolución. Además, participan en el diseño y expedición de nuevas disposiciones
que contribuyen al desarrollo eficiente y competitivo de esas industrias y verifican el
cumplimiento de la regulación por parte de los permisionarios.
Las áreas de apoyo o soporte son la
Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Unidad de Política Económica y la Unidad de
Reestructuración Eléctrica. La primera brinda soporte legal a las actividades de regulación y vigila la correcta aplicación de
los procedimientos establecidos en el marco jurídico. A su vez, la Unidad de Política
Económica formula las estrategias y políticas de regulación para el sector energético
congruentes con los objetivos de la política energética desarrollada por la Secretaría
de Energía.
La Unidad de Reestructuración
Eléctrica fue creada en enero de 2000 con objeto de dotar a la CRE de los recursos técnicos
y humanos necesarios para desarrollar los trabajos correspondientes al proceso de
reestructuración y modernización del sector eléctrico. A partir de entonces, la URE se ha
encargado de desarrollar el marco regulatorio e institucional que se requerirá para el
funcionamiento de un mercado eléctrico abierto y competitivo.
La Comisión requiere de flexibilidad en
sus recursos humanos y tecnológicos por las prioridades cambiantes que enfrenta. Con este
fin, desarrolla relaciones funcionales entre las diferentes áreas a través de una
metodología de trabajo organizada en equipos interdiciplinarios.
La operación de los equipos de trabajo por
proyecto permite a la CRE responder al cambio de prioridades y surgimiento constante de
nuevas actividades. Estos equipos están integrados por personal profesional especializado
y de apoyo que labora en las diferentes áreas de la Comisión.
La estructura organizacional de la CRE es
horizontal para favorecer su acción efectiva en un ambiente cambiante. Esta estructura
está diseñada para conservar su forma plana, con pocos niveles de administración y
supervisión, y con un mayor número de especialistas técnicos en las áreas sectoriales,
quienes realizan el trabajo sustantivo de los proyectos.
El empleo de equipos de trabajo por
proyecto está respaldado por la estructura de la organización y por las funciones de las
distintas áreas, diseñadas con un enfoque de matriz. Las áreas sectoriales
especializadas en las industrias de gas natural y electricidad tienen el apoyo constante
en aspectos económicos y legales para cada proyecto.
La
Comisión cuenta con una plantilla de 137 personas, entre elementos
de apoyo y personal especializado. El personal de confianza cuenta
con un alto nivel académico; todos cuentan con estudios de licenciatura,
además, veintitres por ciento de ellos tiene el grado de maestría
y seis por ciento, el de doctorado.
CONSULTAS
PÚBLICAS
En el desarrollo del marco regulador, la
CRE utiliza ampliamente el mecanismo de consultas públicas, establecido en el artículo
14 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y el
artículo 8 de la Ley de la CRE.
En forma previa al proceso de consulta
pública, la CRE estudia y analiza las implicaciones del instrumento de regulación que se
pretende desarrollar, así como la experiencia nacional e internacional aplicable.
Con este análisis, se elabora un documento
preliminar de política, que es enviado a todos los interesados e involucrados en el
instrumento de regulación, como son: dependencias y entidades públicas, inversionistas,
usuarios y agencias reguladoras, entre otros.
Los interesados que desean colaborar en el
proceso presentan sus comentarios a la Comisión en forma personal o por escrito
reuniéndose con personal especializado de la Comisión.
Con las opiniones recibidas, la CRE
modifica el proyecto de instrumento regulatorio y lo envía a otras dependencias y
entidades gubernamentales relacionadas con el proceso para recibir comentarios y, en su
caso, llevar a cabo los ajustes finales.
El resultado de estos procesos de consulta
es que la CRE ha desarrollado instrumentos regulatorios balanceados que cuentan con el
consenso de todos los participantes.
Un hecho característico de las consultas
públicas ha sido la seriedad con que los participantes han respondido a estos procesos.
Las opiniones recibidas, por lo general son detalladas, elaboradas y razonables en cuanto
al desarrollo de la industria. Los participantes han dedicado recursos de sus áreas
técnicas y de dirección a los procesos de consulta. Como resultado de lo anterior, la
mayor parte de los comentarios formulados fueron incorporados en el diseño final de los
documentos consultados.
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